APUNTES DE LEGISLACIÓN EN CUANTO A LA DENOMINACION DEL VALENCIANO COMO LENGUA OFICIAL DE LA COMUNITAT VALENCIANA - CASTELLANO

APUNTES DE LEGISLACIÓN EN CUANTO A LA DENOMINACION DEL VALENCIANO COMO LENGUA OFICIAL DE LA COMUNITAT VALENCIANA - CASTELLANO La Constitución Española Artículo tercero El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla. Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos. La riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es un patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección. Estatuto de Autonomía de la Comunidat Valenciana. Ley Orgánica 1/2006, de 10 de abril, de Reforma de Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana. Artículo sexto 1. La lengua propia de la Comunitat Valenciana es el valenciano. 2. El idioma valenciano es el o...